La Asociación de Magistrados de Tucumán quedó al borde de la intervención por la falta de presentación de memorias y balances institucionales. Según Liliana Vitar y Enzo Espasa, respectivos presidenta y vicepresidente con mandato vencido, la intimación de la Dirección de Personas Jurídicas comprende el período 2007-2014. El incumplimiento comenzó durante la gestión de la fiscala Marta Jerez (2006-2008) y prosiguió en las comisiones que condujeron las camaristas Julieta Valderrábano de Casas (2008-2010) y Vitar (fue reelecta en 2012).
“Es una cuestión formal que pasó por un descuido de quien llevaba la contabilidad”, justificó Vitar en una entrevista en su despacho. Afligida por la situación, la vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción aseguró que estaban haciendo los trámites necesarios para la regularización. La entidad tiene alrededor de 170 asociados (la adhesión es voluntaria y sólo una veintena de jueces está afuera de la institución) y se financia con el aporte del 1% del sueldo básico -alrededor de $ 6.000 por año por magistrado-. “Tenemos ahorros como nunca antes”, dijo Vitar, que prefirió no dar números precisos. Luego, Espasa confirmó la existencia de un plazo fijo de aproximadamente $ 250.000.
La intimación del Estado alteró la vida de la entidad, que cerró 2014 sin llamar a elecciones para renovar directivos. El 10 de diciembre, dos días antes del vencimiento del mandato de las autoridades elegidas en 2012, la docena de asociados que asistió a la asamblea extraordinaria en el salón de actos de la Corte Suprema optó por conformar una comisión ad hoc. En un diálogo en la sede del Consejo Asesor de la Magistratura, el también consejero académico Espasa expresó que conforman el comité cinco miembros de la última cúpula directiva (él y Vitar; el fiscal Alejandro Noguera; el defensor Hernán Molina y el juez Rodolfo Eugenio Torres) y dos juezas (Rossana Martínez y Valeria Brand), que actúan como veedoras.
La comisión ad hoc tiene las siguientes funciones: 1) monitorear el proceso de regularización ante la Dirección de Personas Jurídicas y 2) organizar las elecciones (se supone que ninguno de los integrantes de la comisión normalizadora se presentará como candidato). La asamblea asimismo estableció la obligación de elaborar informes mensuales sobre el desarrollo de estos objetivos, y autorizó a Vitar, Espasa, Molina, Torres y Noguera a emitir los actos atinentes al giro normal de la administración durante la transición.
Cuestión de coherencia
La ley obliga a las asociaciones civiles a presentar los documentos asamblearios y contables para permitir que la Dirección de Personas Jurídicas controle la observancia de las normas de fondo y resguarde el interés público. Con ese fin, el Estado puede intervenir las instituciones en mora, sancionar a sus autoridades y cancelar la personería otorgada.
“La falta de presentación de memorias y balances implica que hace siete años que la Asociación de Magistrados ‘no existe’ para Personas Jurídicas. Eso puede tener consecuencias respecto de la validez de los actos realizados durante ese período”, opinó una fuente consultada. Un magistrado conocedor del asunto puso las cosas en estos términos: “si los jueces no cumplimos la ley de la entidad que representa nuestros intereses, ¿con qué autoridad podemos exigir a otros que lo hagan?”.
Interlocutores que asistieron a la asamblea del 10 de diciembre comentaron que esta fue convocada sin especificación del temario y que la Asociación no circularizó información oficial relativa a la intimación de Personas Jurídicas -ese requerimiento habría llegado a la entidad hace algunos meses-. Tampoco hubo exhibición de documentación relativa a las memorias y balances pendientes de presentación.